viernes, 20 de mayo de 2011

INDUCAM informa a los Usuarios y Consumidores

Como es de público conocimiento, oportunamente, la Secretaría de Comercio emitió la resolución 50/2010 mediante la cual se establece la metodología de cálculo de la tarifa de cable, aplicando costos y la ganancia pertinente, en el mismo sentido dicho organismo emitió la resolución 36/2011 la cual precisa que -en el caso específico de Cablevisión- la tarifa debía ser de 109 pesos.

Esa tarifa tiene en cuenta los costos más un margen de ganancia, por lo que la diferencia existente entre los 109 pesos que deberían cobrar y los 147 pesos que cobra la empresa a los usuarios, constituye una
renta extraordinaria, que no se ajusta a la normativa vigente.
Insólitamente, un fallo del juez cordobés Ricardo Bustos Fierro ordenó suspender ambas resoluciones que obligaban a la empresa Cablevisión a reducir la tarifa del abono básico a 109 pesos.
En virtud de ello, nuestra institución (INDUCAM) propone aunar esfuerzos, compromiso y labor para trabajar todos juntos por promover la iniciativa que represente los intereses de los consumidores y usuarios ante la justicia.
En tal sentido, proponemos desde nuestra entidad el NO PAGO DE LAS FACTURAS DE CABLEVISION POR ENCIMA DE $ 109.-, por no ajustarse a derecho.
                  Irma Montes                                       Sandra Merlo
                 Presidente INDUCAM                    Secretaria   INDUCAM

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