lunes, 27 de junio de 2011

Inicio Ciclo de Talleres de Capacitación y Difusión

DEFENSA DEL CONSUMIDOR

"Todos somos consumidores, tenemos derechos y
la obligación de hacerlos valer"

TE INVITAMOS A PARTICIPAR DEL TALLER DE CAPACITACIÓN Y DIFUSIÓN DESTINADO A PROMOVER LA PARTCIPACIÓN SOCIAL COMO CAMINO AL PLENO EJERCICIO DE NUESTROS DERECHOS.

A CARGO DE LA
DRA. SANDRA MERLO
Asesora Legal de INDUCAM


TE ESPERAMOS EL 21 DE JUNIO A LAS 18 HS
 EN CHILE 1877

viernes, 24 de junio de 2011

Repercuciones en los medios de las acciones de INDUCAM

Cablevisión, la Justicia y el Gran Bonete

“A los consumidores se les perdió un derecho y dicen que la Justicia lo tiene. -¿Yo señor? No, señor.
Mientras tanto, Cablevisión sigue facturando…”
Con esa consigna y mediante una original intervención en el espacio público que incluyó un bonete rojo de dos metros de alto (el Gran Bonete) plantado frente a automovilistas y transeúntes que pasaban por el Obelisco, distintas asociaciones de defensa al consumidor se nuclearon para difundir que la Justicia Nacional en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires les está negando sistemáticamente a los clientes de Cablevisión una respuesta a sus reclamos.
Las asociaciones ASUCRA (Asociación de Usuarios y Consumidores de la República Argentina), INDUCAM (Instituto de Defensa de Usuarios y Consumidores del Área Metropolitana), FEMUDECO (Federación de Mutuales para la Defensa Organizada del Consumo), A.C.U.C.C. (Asociación Coordinadora de Usuarios, Consumidores y Contribuyentes) y Li.De.Co. (Liga de Consumidores) hicieron circular un comunicado en el que explicaban la razón de la protesta:
“Como es de público conocimiento, oportunamente, la Secretaría de Comercio Interior firmó la resolución 50/2010 mediante la cual se establece la metodología de cálculo del abono de cable, aplicando costos y la ganancia pertinente; en el mismo sentido dicho organismo emitió la resolución 36/2011 la cual precisa que -en el caso específico de Cablevisión, por omitir la información- el abono básico debe ser de 109 pesos.
“No obstante ello”, continúa el comunicado, “la empresa Cablevisión se niega de manera sistemática y arbitraria a dar cumplimiento a la normativa vigente que establece la obligación de respetar los montos establecidos por la Secretaría de Comercio Interior de la Nación para el abono básico que deben abonar los usuarios del servicio de televisión por cable. Así, la diferencia existente entre los 109 pesos que deberían cobrar y los 147 pesos que efectivamente factura la empresa, constituye una renta extraordinaria, que a todas luces vulnera los legítimos derechos de los usuarios”.

sábado, 18 de junio de 2011

El Gran Bonete

Las Asociaciones de Defensa del Consumidor que firmamos el presente comunicado de prensa informamos a los usuarios y consumidores que, pese a nuestra decidida y persistente acción, la Justicia Nacional en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sistemáticamente les está negando a los clientes de Cablevisión una respuesta a sus justos reclamos.
Como es de público conocimiento, oportunamente, la Secretaría de Comercio Interior firmó la resolución 50/2010 mediante la cual se establece la metodología de cálculo del abono de cable, aplicando costos y la ganancia pertinente, en el mismo sentido dicho organismo emitió la resolución 36/2011 la cual precisa que -en el caso específico de Cablevisión, por omitir la información- el abono básico debe ser de 109 pesos.
No obstante ello, la empresa Cablevisión se niega de manera sistemática y arbitraria a dar cumplimiento a la normativa vigente que establece la obligación de respetar los montos establecidos por la Secretaría de Comercio Interior de la Nación para el abono básico que deben abonar los usuarios del servicio de televisión por cable. Así, la diferencia existente entre los 109 pesos que deberían cobrar y los 147 pesos que efectivamente factura la empresa, constituye una renta extraordinaria, que a todas luces vulnera los legítimos derechos de los usuarios.
Estos incumplimientos generaron numerosas acciones ante la justicia presentadas en todo el país, por diferentes Asociaciones de Defensa del Consumidor, Oficinas Municipales y particulares.
En la CABA no hemos logrado que ninguna de las instancias judiciales tome decisiones, nos pasan de un fuero a otro, jueces que se excusan por ser clientes de Cablevisión, se declaran incompetentes, idas y vueltas. Desde hace más de dos meses venimos transitando los fríos pasillos de los Tribunales sin que, hasta la fecha hayamos logrado respuesta de los juzgados.
Por eso hoy estamos informando a todos los consumidores y usuarios que en nuestra ciudad no obtenermos justicia, tal como se grafica en el cuadro adjunto.
Parece que jugamos el juego de El Gran Bonete en el que mientras los usuarios no obtenemos justicia, el único que se divierte y sigue facturando, es Cablevisión.
A diferencia de lo que viene ocurriendo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las causas presentadas ante distintas instancias fuera del ámbito de la Ciudad se han ido resolviendo de la siguiente manera:
1.                  La Plata El titular del Juzgado de Faltas Nº 2, Dante Rusconi, ordenó a la empresa Cablevisión que, en lo sucesivo, cobre el abono mensual según el “monto del abono establecido por normas dictadas por el Estado nacional”.
2.                  Junín: el Juez Federal Héctor Pablo Plou falló contra la empresa Cablevisión, ordenando refacturar el servicio prestado, sujetándose a las prescripciones de las Resoluciones 50/2010 y 36/2011. Esto es, percibir en concepto de abono básico ($ 109,00), reintegrar los montos percibidos de más y abstenerse de interrumpir o modificar el servicio hasta tanto se resuelva la cuestión suscitada Amparo a favor de un particular.
3.                  General Viamonte: Con idéntico criterio el mismo Juez Federal Héctor Pablo Plou –  hizo lugar al amparo a favor de todos los usuarios de General Viamonte – Acción promovida por la Omic de Los Toldos.
4.                  Villa María, Córdoba: el Juez Federal Mario Garzón hizo lugar al recurso de amparo presentado por particulares invocando el artículo 43 de la Constitución Nacional. En virtud de ello el magistrado ordenó que la compañía Cablevisión cumpla con la norma dispuesta por la Secretaría de Comercio de la Nación, que estableció una cuota de 109 pesos para el abono mensual del servicio de cable. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba rechazó un recurso de queja presentado por Cablevisión S.A. que tiene que cumplir lo resuelto por el juez Garzón mientras sigue la apelación.
5.                  El caso paradigmático es el del  juez federal de Córdoba Ricardo Bustos Fierro a quién le tomó 45 minutos escribir las diez carillas con las que resolvió favorablemente la medida cautelar pedida por Cablevisión y con la que suspendió la aplicación las dos resoluciones de la Secretaría de Comercio Interior que obligaban a la empresa a retrotraer sus precios. El expediente ingresó el pasado lunes 4 de junio a las 12:45 hs. al juzgado federal N° 1 de la capital cordobesa, a cargo del mencionado magistrado, y salió del mismo con las diez carillas y la resolución favorable a Cablevisión a las 13:30 hs., exactamente 45 minutos después. Ese día vencía el plazo para que el juez se expidiera.


ASUCRA - Asociación de Usuarios y Consumidores de la República Argentina -  Cecilia Casas INDUCAM – Instituto de Defensa de Usuarios y Consumidores del Área Metropolitana – Irma Rosina Montes FEMUDECO Federación de Mutuales para la Defensa Organizada del Consumo – Inés Bienati ACUCC – Asociación Coordinadora de usuarios, Consumidores y Contribuyentes – Julio SobrinoLiDeCo – Liga de Consumidores – Ernesto Alfieri
Buenos Aires 17 de junio de 2011